Cada vez con más frecuencia recibimos en nuestro despacho consultas en materia de extranjería y, más concretamente, sobre la posibilidad de reunirse con algún miembro de su familia en nuestro país. ¿Puedo traer a algún familiar a España? ¿Qué requisitos son necesarios? ¿Cómo debo solicitarlo? En este artículo te explicamos todo aquello que necesitas saber acerca de la tarjeta de residencia de ciudadano de la Unión Europea, cuáles son sus requisitos y cómo puedes tramitarla.
Cualquier familiar de un ciudadano español o de algún estado miembro de la Unión Europea tiene la posibilidad de reunirse con él y residir legalmente en nuestro país mediante la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea.
Pero, ¿Qué es la tarjeta residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea?
Este tipo de permiso de residencia está dirigida a aquellos familiares de un ciudadano español o de algún Estado miembro de la Unión Europea que no ostenten nacionalidad comunitaria, siempre y cuando vayan a reunirse con él y residir en España por un período superior a 90 días.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para acceder a este permiso de residencia?
Los requisitos exigidos para acceder a esta tarjeta son los siguientes:
- Acompañar o reunirse con un ciudadano español o de la Unión Europea, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia, tener seguro de enfermedad y medios económicos suficientes para la unidad familiar, o ser estudiante con seguro de enfermedad y recursos suficientes para la unidad familiar.
En este caso, el ciudadano español o comunitario debe a su vez cumplir alguna de las siguientes condiciones:
· Ser trabajador por cuenta propia o ajena en España.
· Disponer de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia.
· También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
- Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional, así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
¿Qué familiares tienen derecho a solicitar esta tarjeta?
Las personas que se encuentran legitimadas para formular la solicitud son las siguientes:
- Cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
- Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la UE, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción.
- Hijo directo del ciudadano comunitario o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral como pareja, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.
- Ascendiente directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja.
- Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva o esté a cargo del ciudadano la Unión Europea, así como aquellos que por motivos graves de salud o discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo de su cuidado personal.
- Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero.
¿Qué documentos son necesarios presentar junto con la solicitud?
La documentación necesaria para tramitar la tarjeta de residencia es la siguiente:
-Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-19) por duplicado, debidamente cumplimentada y firmada por el familiar y el ciudadano comunitario.
- Pasaporte completo válido y en vigor del familiar.
- Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano comunitario.
- Documento Nacional de Identidad del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión con el que va a reunirse.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Documentación que acreditan los medios económicos, que dependiendo de la condición que cumpla el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo será la siguiente:
· Si es trabajador por cuenta ajena:
- Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo.
- Contrato de trabajo.
- Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social.
· Si fuera trabajador por cuenta propia:
- Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
- Justificación de su establecimiento mediante inscripción en el Registro Mercantil.
-Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social.
· Si no ejerciera actividad laboral en España se deberá aportar:
- Seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura en España durante su periodo de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.
- Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano comunitario y sus familiares para el periodo de residencia en España.
· En caso de ser estudiante:
- Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
- Seguro de enfermedad público o privado. A tal efecto, se podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias desde el punto de vista médico, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista.
- Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
Es muy conveniente resaltar que todos los documentos que se aporten de otros países deberán estar traducidos al castellano y debidamente apostillados.
¿Cómo se inicia el procedimiento?
En primer lugar, debemos aclarar que el solicitante es el familiar del ciudadano de la Unión Europea, de forma que no resulta necesario que el ciudadano asista el día de la cita de extranjería, aunque si bien por nuestra experiencia siempre es recomendable que el ciudadano comunitario le acompañe en la medida de lo posible.
El lugar de presentación de la solicitud es en la Oficina de Extranjería de la provincia donde pretendan residir y resulta necesario para ello solicitar cita previa. Dependiendo de cada provincia el tiempo para conseguir una cita puede dilatarse durante meses, si bien cabe la posibilidad de presentar tu solicitud telemáticamente y acelerar así el proceso.
Junto con tu solicitud, se deberán acompañar todos los documentos originales exigidos y copias de los mismos debidamente traducidos y legalizados si fuera preciso.
El plazo de presentación es de un máximo de tres meses contados desde la fecha de entrada en España.
¿Cuánto tiempo se tarda en resolver la solicitud?
La oficina de extranjería tiene el plazo de tres meses a contar desde el momento de la presentación de la solicitud para comprobar si se reúnen los requisitos legales establecidos y, en su caso, acordar la concesión de la tarjeta de residencia.
Una vez transcurrido dicho plazo, si no hubiéramos obtenido respuesta, la solicitud deberá entenderse denegada por silencio administrativo.
¿Cuánto tiempo de validez tiene la tarjeta?
La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tiene con carácter general un período de validez de cinco años a partir de la fecha de su expedición, si bien en algunos supuestos específicos dicho período puede ser otorgado por un plazo menor.
CONCLUSIÓN
Como habrás podido comprobar acceder a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea es un proceso arduo y complejo, siendo recomendable contar con un abogado especialista en extranjería que se encargue de comprobar si reúnes todos los requisitos para acceder a este permiso de residencia, prepare toda la documentación necesaria y pueda presentar la solicitud de manera telemática para acelerar el proceso.
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