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Divorcio de mutuo acuerdo

A veces es inevitable que el amor entre una pareja se acabe y contra eso los abogados poco podemos hacer, pero en lo que sí que podemos ayudar es que la relación acabe de la mejor manera posible, mucho más si hay hijos menores en común, puesto que al final son estos los que sufren las consecuencias.


En esta nueva entrada de nuestro blog nos centramos en el divorcio de mutuo acuerdo, tratando de señalar todas aquellas ventajas que presenta este frente al divorcio contencioso, así como todos aquellos aspectos que resultan necesarios conocer antes de comenzar la tramitación del mismo.



Antes de comenzar, conviene señalar que el divorcio de mutuo acuerdo tiene muchas ventajas frente al divorcio tramitado de forma contenciosa, tal y como a continuación te pasamos a indicar:


- El procedimiento a seguir es más rápido y económico.


- Evita problemas emocionales y enfrentamientos entre las parejas.


-Las medidas adoptadas en el convenio regulador se cumplen con mayor agrado y facilidad.


- Es más beneficioso y menos traumático para los hijos, tanto menores como mayores de edad o emancipados.


- Además, supone un abaratamiento de los costes al permitir que ambos cónyuges actúen representados por el mismo abogado y, en su caso, un sólo procurador, en lugar de que cada uno de los cónyuges deba contar con sus propios profesionales


Una vez señaladas las ventajas del divorcio de mutuo acuerdo, es el momento de explicar las principales claves a tener en cuenta antes de comenzar a tramitar el mismo:


I.- ¿Qué documentación es necesaria?


Para tramitar un divorcio de mutuo acuerdo resulta necesario disponer con carácter previo de la siguiente documentación:


- Certificado literal de matrimonio y/o Libro de familia.


- Certificado literal de nacimiento de los hijos.


- Certificado de empadronamiento.


- Escrituras o títulos de propiedad.


- Certificados bancarios (cuentas corrientes, planes de pensiones, préstamos personales, hipotecas y demás operaciones bancarias).


Además, dependiendo de las circunstancias del caso concreto, podría resultar necesaria alguna otra documentación.


II.- Convenio regulador.


Además de la documentación anteriormente indicada, será necesario redactar un convenio regulador con los aspectos fundamentales que deben regular el divorcio y que con carácter general los siguientes:


- Patria potestad


- Atribución de la guarda y custodia de los hijos menores


- Atribución del domicilio familiar


- Régimen de visitas que tendrá el cónyuge no custodio


- Pensión de alimentos


- Gastos extraordinarios


- Pensión compensatoria


- Liquidación de los bienes gananciales cuando proceda.


III.- Una vez firmado el convenio, ¿Qué se debe hacer?

A partir del momento que tenemos firmado el convenio regulador existen dos opciones:


Procedimiento judicial


Si se opta por la tramitación del divorcio vía judicial, habrá que interponer en el juzgado competente la demanda de divorcio correspondiente, variando la tramitación de la misma en función de si hay o no hijos menores en el matrimonio:


- Si existieran hijos menores, el Juez y el Fiscal, vigilarán que el convenio regulador no contenga pactos contrarios a la ley o perjudiciales para cualquiera de los cónyuges y/o hijos. Tras la ratificación del convenio por las partes, el Juez dictará sentencia aprobando el convenio regulador.


- Por el contrario, si no existieran hijos menores el Letrado de la Administración de Justicia será el encargado de dictar el Decreto aprobando el convenio regulador.


Notario

Los cónyuges, si no existieran hijos menores de edad no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos, podrán acudir a un notario para tramitar el divorcio.


En este caso, el abogado presentará el convenio regulador en la notaría y se acompañará a la escritura de divorcio como documento adjunto. El notario vigilará los acuerdos de los cónyuges recogidos en el convenio regulador de divorcio.


Si el notario considerase que algún acuerdo resulta perjudicial para cualquiera de los cónyuges lo advertirá y dará por terminado el expediente, debiendo acudir en este supuesto al Juzgado a fin de que se aprobado el convenio regulador.


IV.- ¿Qué profesionales intervienen en un divorcio de mutuo acuerdo?


Si los cónyuges optan por acudir al Juzgado, en el proceso judicial de divorcio de mutuo acuerdo podrán estar asistidos por un solo abogado y representados por un solo procurador, aunque también cabe la posibilidad de que cada uno de ellos asista con su propio abogado.


En caso de optarse por tramitar el divorcio de mutuo acuerdo ante Notario, los cónyuges deberán estar asistidos al menos por un abogado en ejercicio.


V.- Registro Civil


Una vez se haya sido declarado el divorcio, ya sea mediante sentencia judicial o bien mediante acuerdo notarial, el mismo deberá ser comunicado al Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio a fin de que se proceda a la inscripción del divorcio.


Conclusión

Desde nuestro despacho siempre y cuando sea posible recomendamos optar por la vía del mutuo para los casos de divorcios, siendo imprescindible contar con un abogado especialista en Derecho de Familia ya que las consecuencias que lleva aparejadas el divorcio (custodia, atribución del uso de la vivienda, pago de pensiones, etc.) pueden tener efectos muy importantes y a lo largo de muchos años.


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