top of page

Obras ilegales

  • Foto del escritor: Juan Vidal Antolín
    Juan Vidal Antolín
  • hace 6 días
  • 2 min de lectura

Llevar a cabo una obra o construcción sin contar con los permisos necesarios o en un lugar donde no está permitido puede comportar graves consecuencias legalesPero, ¿Qué es una obra ilegal? ¿Qué tipos hay? ¿Qué sanciones conlleva? En este artículo te damos respuesta a estas y otras cuestiones que resulta conveniente conocer.


Casa en obras con herramientas y materiales

Cerrar una terraza, instalar una pérgola en el jardín o construir una piscina en un terreno son algunas de las infracciones urbanísticas más habituales. A continuación te explicamos qué obras tienen la consideración de ilegales y las consecuencias que llevan aparejadas mismas, entre otros extremos.

 

I. Pero, ¿Qué es una obra ilegal?

 

Una obra o construcción se considera ilegal cuando ha sido realizada sin contar con los permisos necesarios para ella o incumpliendo la normativa urbanística vigente.

 

II. ¿Qué tipos hay?

 

Con carácter general pueden distinguirse dos tipos o clases de obras ilegales:

 

Legalizables


Son aquellas obras que, a pesar de no contar con el permiso o autorización pertinente, son susceptibles de regularización y ser legalizadas.


No legalizables


Aquel tipo de obras que por ser contrarias a la normativa urbanística vigente no son susceptibles de regularización y legalización.


III. ¿Qué sanciones tiene?


La ejecución de obras o construcciones ilegales puede llevar aparejado como consecuencia alguna de las siguientes sanciones:


- Multas económicas: Las sanciones varían entre el 50% y el 75% del valor total de la obra o construcción realizada.


- Orden de demolición: Si la obra o construcción no respeta la normativa urbanística que resulta de aplicación la Administración competente puede ordenar su derribo completo, siendo de cuenta del propietario todos los costes de la demolición.


- Penas de cárcel: Para aquellos casos más graves (construcción en suelos protegidos o no urbanizable) las penas oscilan entre 1 y 4 años de prisión, además de la obligación de restaurar el terreno a su estado original.

 

IV. ¿Se puede legalizar una obra ya terminada?

 

Sí, siempre y cuando la obra o construcción realizada cumpla con la normativa urbanística vigente a pesar de no contar con los permisos o autorizaciones necesarias.

 

A tal efecto, será preciso iniciar un expediente de legalización ante la Administración Pública competente.

 

V. ¿ Y qué sucede si han pasado ya muchos años?

 

Si la Administración no detecta una obra o construcción ilegal durante un número determinado de años (entre 4 y 10 años según la Comunidad Autónoma) la infracción prescribe, no pudiendo sancionarte por ello.

 

VI. Conclusión.

 

La realización de una obra o construcción ilegal lleva aparejada graves consecuencias legales, incluido su derribo y/o penas de prisión. En nuestro despacho somos especialistas en derecho urbanístico y estaremos encantados de asesorarte sobre esta materia con la máxima garantía legal.

 

 

¿Tienes alguna duda?

Rellena el formulario de contacto que se encuentra debajo y estaremos encantados de poder ayudarte.

Comentarios


CONTACTO

Calle Constitución, 10, 2º Derecha.

47.001, Valladolid.

Tfno.: 606 031 007

Email: j.vidalantolin@icava.org

Gracias por enviarnos tu mensaje

​​​​© 2020 Juan Vidal Antolín 

  • Facebook
  • LinkedIn
bottom of page