Cada día en nuestro país se producen cientos de despidos de trabajadores ilegales por incumplir el empresario los requisitos legales establecidos en materia laboral. Pero, ¿Qué es un despido improcedente? ¿Cómo puedo hacer frente al mismo? ¿Qué derechos tengo? En este artículo te explicamos todo aquello que necesitas para saber cuándo un despido es improcedente, cuáles son sus efectos y cómo puedes defender tus derechos.
El despido es la decisión unilateral del empresario de extinguir la relación laboral ya sea de un contrato temporal como de un contrato indefinido.
I.- Pero ¿Qué tipos de despido existen?
Los despidos individuales se clasifican en dos tipos:
Despido objetivo
El despido objetivo es aquel que principalmente se realiza por unas causas técnicas, económicas, organizativas o de producción y otorga al trabajador una indemnización de 20 días por año trabajado, siendo necesario un preaviso de 15 días.
Despido disciplinario
El despido disciplinario se efectúa por un comportamiento grave y culpable del trabajador y no conlleva aparejado ningún tipo de indemnización ni exige preaviso alguno.
Por lo tanto, la improcedencia no es un tipo de despido propiamente dicho, sino que es la forma en que se puede calificar la forma de efectuar el despido, bien sea objetivo o ya sea disciplinario.
II.- Entonces, ¿Cuándo un despido improcedente?
Un despido es improcedente cuando por parte del empresario no se han cumplido los requisitos legales establecidos en la normativa laboral, como por ejemplo notificar debidamente la carta de despido, o cuando no existe una causa legal que justifique el despido, tal y como sucede en el caso del despido por baja médica.
III.- ¿Puede la empresa declarar la improcedencia del despido?
No, la empresa no puede declarar un despido improcedente de manera directa, por ejemplo, en la carta de despido, sino que la improcedencia del despido debe necesariamente ser determinada por un juez.
En caso contrario, el trabajador deberá declarar la indemnización que reciba en su declaración de la renta.
Por tanto, si la empresa quiere reconocer la improcedencia del despido lo más aconsejable es que lo haga en el acto de conciliación laboral o en el procedimiento judicial correspondiente, tal y como más adelante explicaremos.
IV.- ¿Cómo debo actuar ante un despido improcedente?
Si no estás de acuerdo con la decisión de despido efectuada por el empresario lo primero que se debe hacer cuando se recibe la correspondiente comunicación es firmar la carta de despido como no conforme.
A continuación, deberás presentar obligatoriamente una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu localidad a fin de tratar de alcanzar un acuerdo extrajudicial que ponga fin a la controversia.
Si en el acto de conciliación laboral no se alcanzara un acuerdo con la empresa o si la misma no compareciera al mismo, habrá que presentar la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social competente dentro de los 20 días siguientes a la notificación del despido.
V. ¿Cómo se tramita el juicio por despido?
Tras la interposición de la correspondiente demanda, se señalará fecha para la celebración del juicio donde la empresa tendrá que demostrar que las causas del despido son ciertas y/o que la misma ha seguido el procedimiento legalmente establecido.
Atendiendo a las pruebas practicadas en el acto del juicio, el Juez determinará la improcedencia o no del despido.
VI.- ¿Cuáles son los efectos de un despido improcedente?
Una vez reconocida la improcedencia del despido mediante sentencia judicial, el empresario dispone de un plazo de 5 días desde la notificación de la misma para elegir entre las siguientes opciones:
Readmisión del trabajador
Si el empresario opta por readmitir al trabajador deberá hacerlo en el mismo puesto de trabajo y en las mismas condiciones que poseía antes del despido, además de la obligación de pagar al trabajador los salarios de tramitación, es decir, los días que hayan transcurrido desde la fecha del despido hasta su efectiva readmisión.
Indemnización
La otra opción que tiene el empresario es pagar al trabajador una indemnización por despido y cuyo importe podrá variar en función de la fecha del contrato, debiendo a tal efecto diferenciar entre:
- Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, donde la indemnización será de 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 42 mensualidades.
- Contratos posteriores al 12 de febrero de 2012, en los cuales la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Además, si en el plazo legal conferido a tal efecto el empresario no escogiera ninguna de las dos opciones anteriores se entenderá en todo caso ha optado por readmitir al trabajador en los términos anteriormente indicados.
VII.- ¿Cómo tributa la indemnización por despido improcedente?
La indemnización por despido debe declararse en el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF), si bien la misma se encuentra exenta hasta el límite de 180.000,00 euros
VIII.- ¿Se tiene derecho a paro tras un despido improcedente?
En aquellos casos en los que el despido sea calificado como improcedente el trabajador tiene derecho a paro, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos para ello.
CONCLUSIÓN
Si te han comunicado el despido y no estás conforme con el mismo lo más recomendable es que pongas cuanto antes tu caso en manos de un abogado especialista en derecho laboral a fin de que este pueda comprobar si el despido puede resultar improcedente y, en su caso, reclamar la indemnización que legalmente te corresponde.
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